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actividad complementaria 2, Apuntes de Derecho Romano

Asignatura: Derecho Romano, Profesor: francisco javier casinos, Carrera: Dret, Universidad: UV

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 23/02/2016

usuario desconocido
usuario desconocido 🇪🇸

3.4

(18)

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ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA 2
Quaestiones et responsa(I)
Paula Pons Guillem
Grupo:M
Imagina que eres un jurista romano y que has de dar responsa a consultas jurídicas de particulares
en los siguientes casos:
I. Mal negocio para Ticio
Facta:
Ticio compró un predio sin saber que el vendedor, Cayo, no era su propietario. Ticio
quiso continuar los cultivos que se hacían en él, lo sembró y recogió la cosecha.
Además, hizo en el predio varias mejoras que produjeron un aumento de la cosecha.
El total de la inversión de Ticio fue de 4.000 sestercios. El predio aumentó su valor en
20.000 sestercios. Posteriormente, el predio fue objeto de evicción. Con anterioridad
Ticio fue a un jurista para saber si podía defenderse y tenía derecho al reembolso de
los gastos y, en su caso, en qué medida.
1. ¿De qué forma debió hacerse la compraventa?
La compraventa debió hacerse cumpliendo las formas prescritas por el ius civile para
transmitir el dominio.
2. ¿Puede el verdadero dueño reclamar el predio?
Si, y podrá hacerlo mediante un interdicto de recuperar la posesión, ya que el verdadero
dueño ha sido despojado de ella.
3. Si se prueba que el verdadero propietario lo es efectivamente ¿dispondrá Ticio
de alguna alternativa a efectos de la condena?
Si, Ticio dispone de una claúsula restituitoria por la cual puede devolverle al verdadero
dueño la cosa, de esta manera la condena no le afectará.
4. ¿Qué quiere decir que el predio fue objeto de evicción?
La evicción es la privación total o parcial de la cosa, sufrida por su adquirente. Ticio fue
privado del uso del predio debido a que fue reclamado por su verdadero dueño.
5. ¿Adquirió Ticio la propiedad del predio?
No, Ticio es poseedor del predio pero no dueño.
6. ¿Tiene alguna importancia la buena fe del comprador?
Si, porque si es de buena fe podrá ser dueño por usucapión
7. ¿Son relevantes las inversiones hechas en el predio a efectos de determinar la
condena pecuniaria?
Si, las inversiones realizadas en el predio afectaran a la hora de determinar la condena.
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ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA 2

Quaestiones et responsa(I)

Paula Pons Guillem

Grupo:M

Imagina que eres un jurista romano y que has de dar responsa a consultas jurídicas de particulares en los siguientes casos: I. Mal negocio para Ticio Facta :

Ticio compró un predio sin saber que el vendedor, Cayo, no era su propietario. Ticio

quiso continuar los cultivos que se hacían en él, lo sembró y recogió la cosecha.

Además, hizo en el predio varias mejoras que produjeron un aumento de la cosecha.

El total de la inversión de Ticio fue de 4.000 sestercios. El predio aumentó su valor en

20.000 sestercios. Posteriormente, el predio fue objeto de evicción. Con anterioridad

Ticio fue a un jurista para saber si podía defenderse y tenía derecho al reembolso de

los gastos y, en su caso, en qué medida.

1. ¿De qué forma debió hacerse la compraventa?

La compraventa debió hacerse cumpliendo las formas prescritas por el ius civile para transmitir el dominio.

2. ¿Puede el verdadero dueño reclamar el predio?

Si, y podrá hacerlo mediante un interdicto de recuperar la posesión, ya que el verdadero dueño ha sido despojado de ella.

3. Si se prueba que el verdadero propietario lo es efectivamente ¿dispondrá Ticio

de alguna alternativa a efectos de la condena?

Si, Ticio dispone de una claúsula restituitoria por la cual puede devolverle al verdadero dueño la cosa, de esta manera la condena no le afectará.

4. ¿Qué quiere decir que el predio fue objeto de evicción?

La evicción es la privación total o parcial de la cosa, sufrida por su adquirente. Ticio fue privado del uso del predio debido a que fue reclamado por su verdadero dueño.

5. ¿Adquirió Ticio la propiedad del predio?

No, Ticio es poseedor del predio pero no dueño.

6. ¿Tiene alguna importancia la buena fe del comprador?

Si, porque si es de buena fe podrá ser dueño por usucapión

7. ¿Son relevantes las inversiones hechas en el predio a efectos de determinar la

condena pecuniaria?

Si, las inversiones realizadas en el predio afectaran a la hora de determinar la condena.

8. ¿Después de la evicción dispondrá el comprador de algún recurso contra el

vendedor?

SI, la acción reivindicatoria.

9. ¿Tendría alguna consecuencia el hecho de que el verus dominus no reclamara el

predio?

Si, Ticio podría haber adquirido el predio por usucapión

II. Los árboles de la discordia

Facta :

Ticio, acreedor de Cayo y propietario de un predio rústico, plantó en él árboles cuya

propiedad era de Cayo sin contar con el consentimiento de éste. Cayo se enfadó y

acudió a un conocido jurista

1. ¿Ha adquirido Ticio la propiedad de los árboles?

No. Los arboles p ertenece al propietario del suelo por la regla solo cedit.

2. ¿Puede exigir Cayo la separación de los árboles?

Cayo puede exigir la separación a no ser que los árboles ya hayan arraigado.

3. ¿Dispone Cayo de algún derecho en relación con los árboles?

Si, Cayo tendrá derecho a ser indemnizado.

4. ¿Dispone Cayo de algún recurso contra Ticio?

Si, hasta el arraigo dispone de una acción reivindicatoria. Si hay accesión de buena fe, Cayo dispone de una vindicatio utilis. En caso de accesión con mala fe dispone de Actio furti. III. Historia de un barco de pesca Facta : Ticio se encontraba en el puerto de Ostia muy preocupado por los desperfectos que había sufrido su barco de pesca a causa de un temporal. Muy cerca de donde estaba encontró unos tablones de madera, los cogió y los aprovechó para la reparación de la nave. Después de haber utilizado los tablones para la reconstrucción del barco, su amigo Clodio le dijo que los tablones pertenecían a Cayo. Este último pensó que quizá podía haber adquirido un derecho sobre la nave y fue a consultarlo a un famoso jurista.

1. ¿Adquirió Ticio la propiedad de los tablones?

Ticio es el especificador y adquirirá la propiedad, en todo caso, si la nova species no puede

3. ¿Quién está legitimado en este supuesto para reclamar contra el ladrón y cuáles

serían los recursos adecuados?

Ticio estaría legitimado para reclamar, ya que es protegido por un interdicto posesorio frente a terceros( el ladrón) El recurso adecuado sería interdictium utrubi VI. El silencio de los corderos Facta : Ticio poseía de buena fe un rebaño de ovejas, que había comprado a Cayo. Ticio esquiló las ovejas y tomó posesión de los corderos que después nacieron. Pero después apareció Sempronio, quien alegaba con razón ser el propietario del rebaño.

1. ¿De qué forma fueron vendidas las ovejas?

De forma ex iusta causa

2. ¿Cuál es la condición jurídica de Ticio?

Ticio es un poseedor civil

3. ¿Fue lícito que Ticio esquilara las ovejas y se apropiara de los corderos?

Si, ya que Ticio desconocia que el no fuera el verdadero dueño.

4. ¿Puede reclamar Sempronio las ovejas? ¿Y los corderos?

Si mediante una acción reivindicatoria

5. ¿Puede reclamar Ticio contra Cayo?

Si mediante una acción Publiciana VII****. La servidumbre marciana Facta : Marco, Marcelo y Marcelino eran propietarios respectivamente de otras tantas fincas: Marcia, Marcela y Marcelina, ubicadas una al lado de la otra. Marcelino, dueño de la finca inferior, Marcelina, había obtenido para ésta el derecho de conducir agua desde la finca superior, Marcia, y a través de la finca Marcela. Más tarde, Marcelino adquirió la finca Marcia y después vendió la finca Marcelina a un tercero de nombre Marcial.

  1. ¿A qué tipo de servidumbre se refiere este caso? Aquae ductus
  2. Explica las vicisitudes por las que pasan los derechos de servidumbre en este caso. Nos encontramos ante una servidumbre que afecta a tres fincas. El dueño del predio dominante, Marco, vende su finca a Marcelino, por lo que se produce la extinción de la servidumbre ya que en un primer momento la propiedad de los predios confluye en la misma persona(Marcelino) Más tarde Marcelino le vende su finca a Marco. Ahora Marcelino es solo propietario de un predio, el predio dominante.
  1. ¿Qué pasará si Marcelino no reconoce la servidumbre sobre la finca Marcia a favor de Marcial? Marco utilizará la vindicatio servitutis contra Marcelino ya que le está impidiendo el ejercicio de la servidumbre. Su fin es que se confiese y reconozca la servidumbre, restablecer su uso y obtener el correspondiente resarcimiento de daños. VIII. Cosucia, la usufructuaria que no usufructuaba Facta : Cosucia tenía el usufructo de un huerto en el Lacio obtenido por legado de su padre. Mientras Cosucia se hallaba ociosa en Pompeya en casa de unos parientes, su esposo Fículo cultivaba en dicho huerto hortalizas con la ayuda de sus esclavos Fructuoso y Lucrativo. Un pequeño afluente del río Tíber inundó el huerto y dañó toda la cosecha. Posteriormente, cuando el huerto volvió a quedar seco, el nudo propietario, Apio, lo reclamó alegando dos cosas: que el usufructo se había extinguido y que Cosucia no podía ejercer el usufructo por encontrarse ausente. 1 ¿Puede considerarse la inundación del huerto causa de extinción del usufructo? No, para considerarse causa de extinción debería de haberse destruido la cosa. 2.¿Puede Cosucia ejercer el usufructo por medio de Fículo y sus esclavos Fructuoso y Lucrativo? Si, porque Consucia puede ejerce su derecho de usufructo a través de su marido y sus esclavos. 3.¿Podría Cosucia legar en testamento el usufructo a favor de su esposo Fículo? No, Cosucia no puede trasmitir el derecho de usufructo.Tras la muerte de Consucia el derecho de usufructo se extingue. IX. Quaestiones brevissimae Un río caprichoso Un rio cambia su cauce y ocupa la totalidad de un predio privado. Al invierno siguiente el agua vuelve al cauce primitivo y deja en seco aquel predio.
  2. ¿Cuáles son las consecuencias respecto a la propiedad del predio? Una vez el río vuelve a su cauce primitivo el antiguo dueño recobra su dominio, ya que durante el cambio de cauce el predio era de dominio publico. 2. La gallina fugitiva Una gallina de Gayo escapa de la jaula y la coge un joven, hijo de Livio, en el jardín de Marco ¿Quién es el propietario de la gallina y quién es su poseedor? El propietario de la gallina es Gayo y el poseedor es Livio.
  3. « Okupando» un predio Un predio ha sido abandonado por su arrendatario. Un tercero lo ocupa con buena fe