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Derecho constitucional - practica, Apuntes de Derecho Constitucional

Constitución, fuentes y órganos del Estado grupo II

Tipo: Apuntes

2018/2019

Subido el 25/03/2019

tamara_montoya
tamara_montoya 🇪🇸

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Universidad de Salamanca
Curso 2018/2019
Grado en Derecho
Curso 1º, Grupo II
Constitución, Fuentes y Órganos del Estado
Prof.: Óscar Moreno Corchete
S07, Centro de Gobernanza Global III, [Investigadores II]
PRÁCTICA 3. CUESTIONARIO: TAJADURA TEJADA, J. (2016). “LA
REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN (ARTS. 166-169)”. EN REPENSAR LA
CONSTITUCIÓN: IDEAS PARA UNA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE
1978 (VOL. 1).
1. Define los siguientes conceptos:
a) Mutación constitucional.
b) Cláusula de intangibilidad.
2. ¿Por qué es importante el procedimiento de reforma constitucional?
3. ¿Qué causas explican la siguiente afirmación: “La reforma constitucional es la gran
asignatura pendiente del régimen político alumbrado por la Constitución de 1978”
(p. 259 y p. 262)?
4. a) Explica el procedimiento ordinario de reforma de la Constitución de 1978.
Art. 167 CE:
1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría
de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas,
se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición
paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por
el Congreso y el Senado.
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Universidad de Salamanca Curso 2018/ Grado en Derecho Curso 1º, Grupo II Constitución, Fuentes y Órganos del Estado Prof.: Óscar Moreno Corchete [email protected] S07, Centro de Gobernanza Global III, [Investigadores II] PRÁCTICA 3. CUESTIONARIO: TAJADURA TEJADA, J. (2016). “LA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN (ARTS. 166-169)”. EN REPENSAR LA CONSTITUCIÓN: IDEAS PARA UNA REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1978 (VOL. 1).

1. Define los siguientes conceptos: a) Mutación constitucional. b) Cláusula de intangibilidad. 2. ¿Por qué es importante el procedimiento de reforma constitucional? 3. ¿Qué causas explican la siguiente afirmación: “La reforma constitucional es la gran asignatura pendiente del régimen político alumbrado por la Constitución de 1978” (p. 259 y p. 262)? 4. a) Explica el procedimiento ordinario de reforma de la Constitución de 1978. Art. 167 CE: 1. Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.

  1. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
  2. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. b) Explica el procedimiento agravado de reforma de la Constitución de 1978. Art. 168 CE:
  3. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
  4. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
  5. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación. c) ¿Qué diferencias se aprecian entre ambos procedimientos? 5. ¿Cuántas veces se ha reformado la Constitución de 1978, qué artículos se han reformado y siguiendo qué procedimiento de reforma? 6. a) Desde tu punto de vista, ¿es necesario reformar la Constitución de 1978 en la actualidad? Justifica tu respuesta. b) Desde tu punto vista, ¿resulta política y jurídicamente viable una reforma de la Constitución de 1978 en la actualidad? Justifica tu respuesta.