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Asignatura: sistemas juridicos, Profesor: Porras Arboledas, Carrera: Derecho, Universidad: UCM
Tipo: Ejercicios
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Surgido en Inglaterra en la Edad Media, el common law es el sistema jurídico de Inglaterra, Estados Unidos de América, Canadá, Australia y Nueva Zelanda.
De forma inicial se entiende como Derecho anglosajón, teniendo dos papeles importantes:
▲ El precedente ( stare decisis ). ▲ (^) La jurisprudencia ( case law ) y, por ende, los libros de jurisprudencia ( yearbooks/ reports ). Esta denominación inicial de common law como Derecho anglosajón, lejos de ser incorrecta, puede llevar a confusión. El common law (Derecho anglosajón) se divide en dos subsistemas: ▲ Common law. ▲ Equity. Podemos distinguir tres fases en el desarrollo del common law :
Posteriormente, más cerca al Derecho común, existía la costumbre de poner remedio a las injusticias acudiendo al rey cuando los señores feudales no podían o no querían hacerlo.
Partiendo del anterior resumen del texto de Javier Sánchez Durán, vemos la complejidad del término common law y podemos determinar que los dos grandes sistemas (el anglosajón y el romano-germánico) han tenido en su origen aspectos comunes como por ejemplo las ordalías. En España, la prueba más antigua de ordalía que se venía practicando era la prueba caldaria o de agua hirviendo.