
























































Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Apuntes completos de la asignatura de Diplomática General de 2º del Grado de Historia del curso 2025/2026 del profesor Néstor Vigil Montes.
Tipo: Apuntes
1 / 64
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!

























































TEMA 1: CONCEPTO E HISTORIA DE LA DIPLOMÁTICA
Diplomática deriva del término griego “ diploi ” (Diploma) que significa doblado. El diploma como documento entregado a los soldados romanos recién licenciados (jubilación). No obstante, el término fue extendiéndose para denominar “diploma” a todos los documentos solemnes. Definición actual de “Diploma” en el diccionario: Despacho, bula, privilegio u otro instrumento autorizado con sello y armas de un soberano, cuyo original queda archivado, y por extensión, documento importante. Definición de “diplomática” según la RAE: Estudio científico de los diplomas y otros documentos, tanto de sus caracteres internos como externos, principalmente para establecer su autenticidad o falsedad. Definición que se retrotrae al origen etimológico (diploma) y a los inicios de la disciplina, (demasiado vaga). No debemos confundirlo con la otra acepción del término: perteneciente o relativo a la diplomacia (es otra disciplina distinta). En diplomática hay poco espacio para la subjetividad, no nació con fines históricos, sino que nació con fines jurídicos porque querían establecer la veracidad del documento. Se analiza su aspecto exterior y el contenido. Nace en el siglo XVIII. Nos interesan los originales y las copias, o la génesis. (Cómo se hacen, dónde, con qué finalidad, …). La definición más exacta de “diplomática” es la del Vocabulaire International de Diplomatique : la diplomacia es la ciencia que estudia la tradición, la forma y la elaboración de los documentos diplomáticos. Su objetivo es criticarlos, juzgar con sinceridad, apreciar la calidad de su texto, extraer de las fórmulas todos los elementos del contenido susceptibles de ser utilizados por el historiador, datarlos y editarlos.
Los orígenes de la Diplomática se centraron en la crítica de la autenticidad de los documentos para dotarlos de valor jurídico ( peritaje diplomático ). Desde la Edad Media, la realización de copias o de falsificaciones precisaba de un conocimiento empírico focalizado en aspectos como la escritura, los sellos o las fórmulas. Se da una rudimentaria diplomática de comparación que no alcanzó una sistematización teórica (criterios para juzgar la autenticidad establecidos por Inocencio III).
2.1.La refundación de la donación de Constantino.
El primer hito para la definición de la disciplina fue la supuesta donación de Constantino, un decreto imperial en el que donaba al papado el dominio temporal de la ciudad de Roma y alrededores (base de los estados pontificios) y de intervenir en los territorios del Imperio Romano de Occidente. Nicolás de Cusa cuestionó su autenticidad en 1433 y Lorenzo Valla aportó argumentos de carácter filológico para demostrarlos en 1440 (el documento era del siglo VIII).
2.2.Las Bella Diplomatica.
Las Bella Diplomática o guerras de documentos para defender o atacar derechos jurídicos, se trata de distintas disputas de ciudades y monasterios por derechos jurisdiccionales y de posesión tras la paz de Westfalia (1648). Sobre todo se centró alrededor de dos personalidades de dos monasterios diferentes: por un lado, Papebroch (jesuita bolandista) publicó Propylaeum Antiquarium (1675) con reglas demoledoras para la documentación altomedieval, a la que tachaba de falsa, por otro lado, sin embargo, Mabillon (benedictino maurino) respondió con el tratado De re Diplomatica (1683) para defender cuales de entre todos los documentos altomedievales eran verdaderos, no debiendo juzgar todos como falsos. La razón de estas posturas tiene que ver con una cuestión práctica. Al jesuita no le interesan los documentos altomedievales, ya que su orden fue creada en el siglo XVI, sin derechos jurisdiccionales en dichos documentos. No obstante, los benedictinos basaban sus propios derechos precisamente en ellos, y los defendían.
Con el Tratado la disciplina encontró a un padre ( Mabillon ), un nombre (Diplomática) y una fecha de nacimiento ( 1681 ). Se estructura en seis libros (tres libros y tres anexos):
reglas que, a través de las distintas épocas, han presidido la elaboración y la redacción de los documentos considerándolos como fuentes para la Historia”. Bautier (1983) cree que “la diplomática es una disciplina científica cuyo método es válido para todas las épocas e incluso para todas las civilizaciones, puesto que su finalidad es el estudio de los documentos en sí mismos”. Lo que supone una ruptura de los límites crono-espaciales anteriores (documento altomedieval cancilleresco), el surgimiento de las diplomáticas especiales e interés por el documento administrativo (documento bajomedieval y moderno), y el estudio del documento contemporáneo y de otros ámbitos, como el documento de Mesopotamia, Grecia, Roma, Bizancio, Persia, Turquía, China o Japón.
2.7.La Comisión Internacional de la Diplomática.
La comisión internacional de diplomática se fundó en 1970 dentro del Comité internacional de las ciencias históricas de la UNESCO, donde se celebran reuniones anuales en las que se discuten cuestiones novedosas:
2.8.La diplomática y las humanidades digitales.
Finalmente, el futuro de la disciplina es la adaptación de la diplomática a los lenguajes informáticos de marcado XML para realizar ediciones digitales que permitan dotar de significado a su contenido, además de la dificultad de encontrar un estándar que se adecue a los intereses de la disciplina. También se busca adaptar la problemática de la economía del etiquetado, la recuperación de datos y las posibles aplicaciones para la diplomática.
Según la definición del VID (Vocabulario Internacional de Diplomática), el documento diplomático es el sujeto de la diplomática. Pero para saber que es un documento diplomático y en que se diferencia del resto de documentos analizamos los distintos tipos:
1.1.Definición de documento en general y documento escrito.
El término “documento” posee una definición polémica, etimológicamente viene de enseñar, instruir (docere) → es un testimonio de algo. Es un objeto corporal (material), producto de la actividad humana que queda en él reflejada, y que conserva y transmite permanentemente la representación de un hecho ajeno a él. Definición de “Documento escrito” El concepto genérico de documento puede irse restringiendo. El documento escrito es aquel en el que el medio por el que se refleja en la materia el hecho representado en él sea
la escritura. Escritura : signos gráficos que representan ideas o palabras, es decir, significados o conceptos. Dentro de los documentos escritos diferenciamos entre los narrativos y los diplomáticos.
1.2.Documento narrativo.
El documento narrativo es un testimonio escrito informativo que reviste de subjetividad, puesto que trata de construir un relato histórico. Es por ello que que su estudio conlleva la necesidad de análisis textual crítico. Se incluyen en esta categoría las:
1.3.Documento diplomático.
El documento diplomático es el testimonio escrito redactado según una forma determinada, sobre un hecho de naturaleza jurídica (T. Von Sickel) que, por tanto, reviste de cierta objetividad. Cuando se habla de un documento diplomático, se puede dividir en diversas categorías:
Dentro del proceso analizado por la génesis documental diferenciamos dos momentos: la actio y la conscriptio.
2.1.La Actio.
Según la definición del VID, la actio es el conjunto de pasos preparatorios para la conscriptio, y los procedimientos relativos a la preparación de este acto desde el momento en que se solicita hasta que se toma la decisión de ponerlo por escrito. Un acto jurídico es la declaración de voluntad por la cual se pretenden producir efectos amparados por el derecho. Un acto jurídico puede ser perfecto sin que se genere un documento, pero todo documento es la consignación de esa voluntad generada en la actio. La actio consta hasta de cuatro momentos distintos:
A- La petitio: es la demanda motivada, escrita u oral, presentada o dirigida a una autoridad por un potencial beneficiario (o por su representante), para que se tome una decisión a su favor que genere un hecho jurídico a escriturar. La petitio por escrito recibe el nombre de súplica , un tipo documental que abunda esencialmente en las grandes cancillerías (registra supplicantionum, en la cancillería papal). Ejemplo: “Bien sabedes en commo enbiastes a Diego Gonçález, vuestro mensagero, a la reyna donna María, mi abuela, et al infante don Pedro, mio tío, et mis tutores; et mostroles vuestra petición en que me enbiavades pedir merçed que vos mandase dar mi carta que…”.
B- La intercessio o interventio es la intervención de un tercero, escrita u oral, para apoyar una petitio. Los intercesores son personas cercanas al poder o miembros de la administración, que presentan la súplica del peticionario rogando su aceptación. La interventio por escrito recibe el nombre de recomendación , la cual podía venir incluida en la consulta o el informe entregado por el intecesor. Ejemplo: “Sepades que a cabsa quel bachiller Pero Díaz de la Torre, nuestro procurador fiscal e promotor de la nuestra justiçia, nos ovo fecha relaçión diziendo ... sobre lo qual nos ovimos mandado dar e dimos una carta, librada de los del nuestro Consejo e sellada con nuestro sello, para que …”
C- El consensum es la aprobación dada por terceras personas cuyo consentimiento es necesario para otorgar el documento. Aparece cuando el autor del documento tiene una incapacidad legal para otorgarlo : menores de edad (minoría legal), mujeres casadas, casadas usufructuarias de bienes… También aparece cuando el poder soberano está limitado y precisa de la decisión de un tercero (cortes, parlamento…). Ejemplo“: Yo Sancho Romero la fiz escrevir por mandado de los señores reyna e infante, tutores de nuestro señor el rey e regidores de sus reynos. Yo la Reyna (r). Yo el infante (r).”
D- La otorgatio es la manifestación de la voluntad de quién tiene el derecho de tomar o no tomar una medida determinada (imprescindible). La decisión legal tomada viene expresada en el verbo dispositivo del documento. Es el único momento imprescindible en la actio.
2.2.La conscriptio.
La conscriptio es el conjunto de procedimientos relativos a la puesta por escrito de un acto jurídico desde el otorgamiento hasta la consecución de las formalidades necesarias para su expedición. La generación de un documento escrito permite al beneficiario del acto jurídico poder disfrutar de una prueba por escrito que garantizase sus derechos en un futuro. La conscriptio consta hasta de 6 partes: 1.La Iussio y la Rogatio 2.La Dictatio 3.La Recognitio 4.La Validatio 5.La Taxatio 6.La Registratio
A. El Autor. El autor es el responsable de que se lleve a cabo el acto jurídico, es quien procede a otorgar. Dentro del documento aparece en la institución (generalmente después de formulismos como la invocación o la notificación. Este autor puede ser:
B. El Destinatario. El destinatario es aquel sobre el que surte efecto el acto jurídico (en el caso de que este sea positivo será el beneficiario). Dentro del documento aparece después de la intitulación o del verbo dispositivo. Puede no estar presente. El destinatario puede ser:
Documento unilateral y Documento sinalagmático
C. El Rogatario. Responsable de la puesta por escrito del documento. (No es quién lo manda a escribir). Podemos distinguir entre:
D. Los Testigos. Es aquella persona capaz de dar fe de un acto jurídico. Ante la inexistencia de documento escrito (Alta Edad Media)era otra forma de probar los actos jurídicos. La presencia de una enorme lista de testigos en la alta edad media fue obligatoria, puesto que era el único medio de validación del documento privado.
2.La identificación del monarca en el antiguo régimen.
Los monarcas se identificaban a través de su nombre de pila y todos los títulos que poseían (permiten identificar el momento del reinado). Pueden ir acompañados de otros miembros de la familia real. En los documentos menos solemnes puede aparecer etceterada. En ningún caso aparecerán identificados con un numeral y mucho menos con su sobrenombre. Esta pomposa identificación se contrapone a lo lacónico de las identificaciones de los pontífices. (Los papas aparecen con su nombre y con la fórmula: Siervo de Dios, nada más). Restar 38 si la fecha está en era hispánica. Juan I declaró oficialmente que había que datar en la Edad cristiana.
El nombre de la persona se compone esencialmente de tres elementos (nombre de pila, apellido patronímico y apellido toponímico (el Concilio de Trento elimina el sistema errático de los patronímicos, se produce la petrificación del apellido: se transmiten desde entonces por herencia (Paterno/Materno)). En ocasiones, se utiliza un apodo que hace referencia a algún atributo físico. Este sirve para identificar a dos personas con el mismo nombre y los mismos apellidos (o simplemente un «el joven»/«el viejo»), también el toponímico después de Trento.
Además, mención a:
-La profesión o cargo que ejerce. -Los estudios (bachiller, licenciado, doctor…). -Su dominio (morador en…) -Una situación familiar (hijo de…, viuda de…). -Un posible deceso (que Dios perdone).
No solamente las personas tenían nombre, en ocasiones los documentos identifican animales y objetos con nombres. Generalmente, no aparecen animales de compañía, pero los animales domésticos de explotación económica pueden tener nombres. Los barcos también se identificaban a través de un nombre (utilizan animales, nombres de mujer,
El canciller era la persona que estaba al frente de la cancillería, su función más importante era la custodia del sello de la autoridad para la que trabaja como elemento de validación de los documentos cuya redacción era responsable. El cargo de canciller en una monarquía tenía un peso político importante y en ocasiones recaía en personas que delegaban sus obligaciones en un vicecanciller. En las grandes cancillerías el canciller no podía abarcar todo el trabajo, por tanto, se encargaba de conocer los negocios que validaban y aprobar al personal de la cancillería. Sus funciones primigenias de supervisión del proceso de expedición recaían en una serie de notarios (en Castilla se organizaron tres notarías mayores del reino: León, Castilla y Andalucía). En el siguiente escalafón se encontraban los encargados de la elaboración material , quienes podían especializarse en una tarea: escribanos, grossatores, selladores, registradores… En las cancillerías regias, el secretario era un notario al que el detentor de la autoridad pública le encarga los actos que dirige personalmente. Esa cercanía les permitía ser los encargados de redactar escrituras realizadas bajo el sello secreto o de la poridad (misivas o documentos que le conciernen personalmente).
La delegación y especialización de oficios solamente fue posible en las grandes cancillerías (pontificado y reinos). Las restantes autoridades (municipios o señores) elaboraban documentos a través de notarios públicos (documentos semipúblicos) o una pequeña escribanía a cargo de una persona. En la Edad Moderna algunas de estas autoridades formaron cancillerías más complejas.
El sello es una impronta obtenida en un soporte mediante la aposición de una matriz que contiene signos específicos de una autoridad. En el documento diplomático es un medio de validación. Todas las autoridades públicas podían crear su propio sello y utilizarlo como medio de validación. Sin embargo, solamente los monarcas y los pontífices podían usar el sello de plomo, que significaba validez a perpetuidad, ya que generalmente los otros edictos que se sellaban con cera solamente tenían validez durante el reinado o pontificado concreto, lo que significaba que debía ser confirmado por los sucesores.
5.1. La sigilografía
La sigilografía es la disciplina que tiene por objeto el estudio de los sellos y forma parte de las ciencias y técnicas historiográficas. Para la diplomática el sello es un elemento externo del documento fundamental para su validación y prueba para detectar su autenticidad. Asimismo, es un objeto material que se presta a diversas cuestiones: historia, genealogía, heráldica, historia del arte, historia del poder, historia del vestido…
Reflexión final No debemos olvidar el hecho de que los eclesiásticos que participaban en labores diplomáticas en ocasiones pertenecían a altos escalafones dentro del clero, siendo señores jurisdiccionales con su propio sello garante de la validez de los documentos emitidos por su propia cancillería.
TEMA 6: ÓRGANOS DE EXPEDICIÓN DOCUMENTAL.
El documento privado es aquel que emana de una persona privada, física o moral (jurídica), (o de una autoridad pública que actúa a título privado), para otorgar un negocio en el que no se ejerce potestad por parte de la autoridad pública. En el derecho privado rigen dos principios fundamentales: la autonomía de la voluntad (para realizar todo lo que no esté expresamente prohibido) y el principio de igualdad.
Sobre el crédito, real o personal:
Sobre los servicios y su localización:
El notariado público es un sistema propio de la Europa Meridional para la redacción y validación de los documentos privados. El notario público ( escribano público o tabelión ) es un redactor profesional de documentación privada que puede validarlos a través de la fe pública. La fe pública es la potestad de la autoridad jurisdiccional que se delegaba a través del nombramiento de notarios. Los notarios públicos podían ser nombrados por cualquier autoridad jurisdiccional:
2.1. El notario público (Nominación)
Se realizaban pruebas de acceso al notariado (cancillería), en las que se buscaba la idoneidad de la persona (debía de ser cristiano, adulto, vecino, laico, tener buena fama…), además de su competencia (lectura/escritura, conocimientos técnicos sobre el oficio…). Además, se pedía un juramento de lealtad, secreto y acatamiento de la realidad vigente. El documento de nombramiento de notario debía estar otorgado por la autoridad competente, detallando las obligaciones del notario. Además, mediante este se le concede el signo notarial , junto con un recogimiento del juramento del candidato. Mediante este documento se comunicaba el nombramiento a otras autoridades de la jurisdicción de su ejercicio. Se daba el problema de la patrimonialización (el propietario de este cargo lo hereda) y venalización (hacer un mercado con el propio cargo), el problema de esto es que se saltan
estas pruebas de acceso, lo que hacía que en muchas ocasiones acabase el cargo en las manos equivocadas.
2.2. El Signo.
El principal medio de validación del notario público es el signo , un dibujo que identificaba a cada uno de estos profesionales. El signo era personal e intransferible, era atribuido en el nombramiento y debía ser utilizado en todo su ejercicio profesional. El signo deriva siempre de una cruz, en el caso de los notarios apostólicos incluye en su base una pirámide (calvario) y en su parte superior aparece una cruz y unas llaves en sotuer propias de la dignidad apostólica. El signo aparece situado en el lado derecho de la suscripción (excepto el de los notarios apostólicos).
El notariado tiene sus orígenes en el tabellio romano , que redacta documentos para particulares y los valida a través de las rúbricas de los testigos. En la Alta Edad Media (Etapa Prenotarial) no existía el notariado, los documentos privados eran redactados por escribanos más o menos profesionales (clérigos), los cuales solamente podían garantizar la validez a través de las rúbricas de testigos. El notariado medieval surge en Italia en los siglos XI-XII, en la Universidad de Bolonia. El notariado fue imprescindible para el desarrollo de la sociedad urbana plenomedieval (recepción del derecho romano). El notariado público sustituye progresivamente a los escribanos eclesiásticos (profesionalizados y con signos como medio de validación) en el siglo XIII. La primera mención al notariado público en la Península Ibérica aparece en el fuero de Jaca, en 1064. En Castilla apareció en los fueros de Cuenca, en 1190, y Soria, en el siglo XIII. La obra legislativa de Alfonso X estableció la normativa general del notariado en Castilla. En esta misma cronología sucede lo mismo en la Corona de Aragón, con la compilación de Aragón en 1247 y la Costum de Valencia en 1249.
3.1.El notariado público en la legislación alfonsina.
El escribano público es el ome sabidor de escribir… libre, cristiano, de buena fama y costumbres, entendidos en su oficio, leales al secreto y vecinos de su localidad. Había autoridades capacitadas para nombrar escribanos, normas de acceso al notariado, aranceles y penas, formularios de diversos negocios y obligatoriedad de registro y normas de traslado documental.
3.2.El notariado moderno y la pragmática de Alcalá.
La pragmática de Alcalá de 1503 de los Reyes Católicos fue fundamental en la Historia del Notariado público moderno en la Península Ibérica, el cual estuvo vigente hasta la ley de notariado 1862. El registro (protocolo notarial):
usada es de color negro, que tiende al rojizo por la oxidación del sulfato ferroso (tinta ferrogálica).
1.3. El Formato El formato del soporte es su organización material. El documento podía disponerse de forma aislada o en un volumen. En el formato aislado el contenido puede aparecer en vertical, siendo la guía el lado mayor (charta trasversa) o en horizontal, siendo la guía el lado menor (charta no transversa). En el formato volumen el material se dobla para formar cuadernillos que son cosidos y encuadernados: códice (pergamino), libro (papel). El documento opistógrafo es aquel que utiliza ambas caras del soporte, el pergamino era raro excepto en formato volumen.
1.4.Disposición de los elementos del documento:
MARGEN El margen es el espacio que media entre el contenido escrito y el fin del soporte. El pautado es un conjunto de líneas trazadas en el soporte para delimitar la superficie escrita y guiar el trazado de la misma. En los documentos más solemnes en los que no se repara en gastos, se respeta un gran margen y se utiliza el pautado. El texto puede distribuirse en una columna o en varias, generalmente los documentos se distribuyen en una única columna, aunque la ejecución de las suscripciones o de las rúbricas suele separarse e incluso utilizar más columnas (esquema complejo del privilegio rodado).
ESCRITURA La escritura era necesaria para fijar el contenido de los documentos. En los documentos predominan las escrituras cursivas de rápida ejecución, pero de lectura difícil (economía del escritor). Los escribanos podían trazar versiones más solemnes de su escritura (cancilleresca) en la línea inicial y en la suscripción. En las copias en cartularios se utilizan escrituras redondas. La escritura permite identificar que se trata de una copia posterior o de una falsificación (no coincide la escritura con la data del documento), elemento de crítica diplomática.
LENGUAJE El lenguaje es considerado por algunos autores como un elemento interno. Hasta el siglo XIII se utilizó el latín para redactar la documentación (un latín vulgar). A partir de entonces las cancillerías regias utilizaron las lenguas romances en su reino. El latín se mantuvo en la cancillería pontificia y en los documentos de la diplomática. La elección del castellanopor Alfonso X sobre el resto de las lenguas.
LOS SIGNOS ESPECIALES Son todos aquellos caracteres propios del documento que no forman parte de la escritura. El crismón, símbolo cristiano apotropaico, se utilizó como invocación monogramática. Los signos de validación eran: signos, sellos, rúbricas, rotas… Facilitan una rápida identificación al lector del documento, que en su mayoría eran analfabetos.
1.5.Las partes del discurso.
El esquema clásico del discurso de los documentos del antiguo régimen, diseñado para una redacción subjetiva (primera persona) tiene las siguientes partes:
LA INVOCACIÓN. La invocación es una llamada a la divinidad como garante de protección y veracidad. Pueden ser:
LA INTITULACIÓN / LA DIRECCIÓN Intitulación : presentación del otorgante o autor del documento (individual, conjunto, colectivo). Dirección : presentación del destinatario del documento (individual, conjunto, colectivo). Puede aparecer a continuación de la intitulación o después del verbo dispositivo. Pueden ser sencillas identificando el nombre propio, o complejas con la utilización de fórmulas.