




Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Apuntes de administrativo universidad barcelona
Tipo: Apuntes
1 / 8
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!





opinión de la administración hace que al particular le cueste tiempo. Y a la admitirle permite conocer dos veces para la misma cuestión.
Principio de legalidad administrativa: Definición: tenemos que distinguir entre el principio de legalidad que se refería que vinculación existía entre la administración y la ley. Este trata a de explicar qué tipo de nexo o vínculo unía a la administración con la ley. En un segundo momento se van evolucionando las teorías y se cambia el enfoque , ya que a partir de ese momento lo que se pretende es explicar cuáles son las relaciones entre la administración ya no con la ley sino que con todo el ordenamiento jurídico, y dentro de este ordenamiento están los reglamentos, principios,
costumbre, la ley…. Así que la diferencia es que pasa de estar vinculada con la ley con el ordenamiento jurídico. Modos de vinculación de la administración en el ordenamiento jurídico: hay una primera teoría positiva y una segunda que es de vinculación negativa de la ad con el ordenamiento.
Clases de potestades:
potestad. Así que dentro de los límites , la administración dispone de un margen de apreciación subjetiva. No hay potestades que sean 100% discrecionales, ya que siempre tiene aspectos reglados , siempre tiene que haber 4:
Para poder controlar o ver si existe, cuando un empleado público utiliza las potestades para un beneficio propio o para conseguir otro beneficio público. Un poli que es tu vecino te sigue durante días porque está enfadado contigo y espera hasta el día 12 de seguirte que justo bebes alcohol para ponerte una multa de tráfico. La finalidad de esta es en teoría controlar el tráfico pero él te ha seguido para ponerte una multa para fastidiarte por molestarle por las noches. Un convento acoge a personas sin nada, y os pide si le puedes dar una subvención de 10.000€ para poder pagar cosas urgentes ( calefacción porque es invierno). El alcalde quiere dinero extra para darles a ellos, pero no tiene dinero así que se hace una campaña para recaudar dinero , se pone en un semáforo donde se sabe que siempre pasa la gente en rojo, así que se ponen a más policías y cuando alguien cruce en rojo se les pone una multa. Una persona le ponen 5 multas porque no para de parar en rojo. En ambos casos hay desviación de poder , ya que en ninguno hay la finalidad verdadera. La primera es para fastidiar y la segunda es para recaudar fondos. En ninguna es para las mejor circulación del tráfico. Aunque es para ayudar, no es la forma, ya que no es el fin. El problema de controlar a partir de la desviación de poder es la prueba, ya que como ciudadano como se puede demostrar que la administración ha actuado para un fin distinto. Para el acto administrativo no va a poner que lo han multado para recaudar fondos. Así que es muy difícil para poder demostrar que no es válido ya que no es la finalidad de la norma. Para poder probar que hay desviación , la jurisprudencia dice que ante la dificultad de prueba es suficiente la mera existencia de indicios. Si el ciudadano hace que el tribunal piense que hay una mínima posibilidad de que las cosas se hayan hecho de una manera que no es la que busca la norma. El vecino enseña las fotos que hace cada día demostrando que el vecino lo sigue, y las denuncias que le ha puesto por ruido. En el otro el ciudadano prueba que hasta la fecha solo había 2 multas y de repente había 1000 multas o que en el grupo de whatsapp de la policía hablan de la campaña de multas especiales y alguien le hace captura. Art 72.2 de la ley contencioso-administrativo , las sentencias no podrán sustituir ni podrán decir el contenido ( mirar artículo). El tribunal puede sustituir la decisión ya que no es justa la decisión que han tomado. Esto es lo que se llama la reducción a cero de la discrecionalidad , y puede ocurrir que en el procedimiento pareciera que hay muchas opciones justas pero en el fondo solo es una entonces el juez lo puede cambiar.
jueves, 13 de marzo de 2025 ( 1/2 )
El derecho subjetivo : puede definirse como una situación activa de poder protegida por el derecho objeto que habilita a su titular para exigir una conducta activa o permisiva a los demás- terceros que quedan obligados correlativamente por la titularidad y reconocimiento de dicho derecho. Se puede decir que le interés legítimo es el derecho subjetivo. Cuando se habla del derecho subjetivo se habla de la relación con el objetivo en la parte sustancial y en la otra que no se cual es. Derecho subjetivo legítima para exigir su restablecimiento en caso de vulneración , de manera que su titular puede exigir La anulación del acto jurídico que lesiona su derecho. Restablecer a su situación anterior a la vulneración y que le indemniza por los daños. El interés legítimo : es una situación activa distinta, a priori, el derecho subjetivo, pues el ordenamiento jurídico se refiere a ambos conceptos de manera simultánea y alternativa. Sin embargo, aunque tiene transcendencia en el procedimiento administrativo ( art 4.1 LPAC), resulta difícilmente distinguible de un derecho subjetivo, por lo que puede reconducirse a este último. No obstante con el concepto de interés legítimo se quiere aludir a la situación de quien se ve personalmente afectado por la actuación de la administración, pero sin que las normas le reconozcan explícitamente un derecho subjetivo. Como regla general el simple o mero interés que tenemos todos en la legalidad no nos permite impugnar las actuaciones administrativas: excepcionalmente, el ordenamiento atribuye legitimación procesal de manera general a todos los ciudadanos, mediante la denominada acción popular. La esfera patrimonial puede influir? Cuando se habla del interesado habla de que te tienes que ver afectado en el proceso, así que tú bienestar tiene que estar vulnerado para poder ser persona interesada. Tu patrimonio podría afectar a esto. Para distinguir entre derecho subjetivo y interés legítimo: Escalas de simple interés a derecho subjetivo, en simple interés te es indiferente la resolución. Pero te tiene que afectar de alguna manera. Si tienes algo más que un simple interés se examina, tú no paras de padecer ocupaciones en tu edificio, te da inseguridad y puedes tener miedo. El interés legítimo aparece aquí. Ya que los vecinos tiene que asumir los elementos comunes que utilizan los ocupas sin pagar. Si va aún más allá será derecho subjetivo. En aquellos procedimento administrativos ya iniciados en los que se sepa de alguien que pueda tener interés legítimo será interesada si se persona en el procedimiento. La administración está obligada a llamar a todas las personas que tenga derecho subjetivo ( tiene que saber que existe ). La administración en caso de duda si es derecho subjetivo o interés legítimo llamará a todos , haciendo que sean como si tuvieran derecho subjetivo. El titular del derecho subjetivo que no ha iniciado el procedimiento y no se postule tiene unas consecuencias de obligaciones de la administración, porque le tiene que ir informando. Pero si él no dice nada allí se va a quedar, pero al conocer la resolución puede interponer un recurso , ya que tiene el derecho. La única distinción relevante es entre derecho subjetivo, interés legítimo y el simple interés, y se sabe que en el simple intestino se da la opción d e impugnar pero siempre será si la ley lo otorga de manera expresa ( acción popular), cualquiera puede ejercer esa impugnación.