

























Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity
Prepara tus exámenes con los documentos que comparten otros estudiantes como tú en Docsity
Encuentra los documentos específicos para los exámenes de tu universidad
Estudia con lecciones y exámenes resueltos basados en los programas académicos de las mejores universidades
Responde a preguntas de exámenes reales y pon a prueba tu preparación
Consigue puntos base para descargar
Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium
Comunidad
Pide ayuda a la comunidad y resuelve tus dudas de estudio
Ebooks gratuitos
Descarga nuestras guías gratuitas sobre técnicas de estudio, métodos para controlar la ansiedad y consejos para la tesis preparadas por los tutores de Docsity
Asignatura: Economia de l'Empresa I, Profesor: vicente ortun, Carrera: Administració i Direcció d'Empreses, Universidad: UPF
Tipo: Apuntes
1 / 33
Esta página no es visible en la vista previa
¡No te pierdas las partes importantes!


























Como se ha analizado en el capítulo #2, el deseo de minimizar los costes de transacción explica que se adopten unas u otras formas de desarrollar la actividad económica. Como punto de partida, consideramos en este capítulo tan sólo dos posibilidades: el mercado y la empresa. Iniciamos el análisis considerando que tanto los intercambios que se realizan en el mercado como los que se dan en la empresa están sujetos a costes de transacción. Estos costes son elevados cuando las transacciones dan lugar a conductas oportunistas, mediante las cuales al menos una de las partes puede explotar a la otra. En ese caso, la ventaja que suele obtenerse al comprar los bienes y servicios en el mercado a productores especializados, en lugar de producirlos uno mismo, empleando generalmente recursos menos especializados, puede que no compense el coste derivado de tales conductas expropiatorias. Inversamente, en otras situaciones, la compra de bienes y servicios en el mercado domina sobre su producción interna. Ello se debe tanto a la menor especialización productiva que suele caracterizar a la solución empresarial como a que los intercambios internos a la empresa también sufren costes contractuales, fruto igualmente del oportunismo y del carácter costoso de la información.
Para que la teoría permita predecir en qué condiciones los costes de las transacciones externas o de mercado tenderán a predominar sobre los de organización interna o empresariales, es necesario localizar las causas y entender mejor la naturaleza de los costes de transacción. A continuación, se analiza uno de estos costes: el coste asociado a las transacciones en las que existen activos “específicos”. Entendemos por activos “específicos” aquéllos cuyo valor depende de la continuidad de una o varias relaciones contractuales y cuya presencia suele hacer más aconsejable, ceteris paribus (esto es, cuando todas las demás condiciones no varían), la solución empresarial frente a la solución de mercado.
En capítulos posteriores se analizarán otros tipos de costes de transacción. Por ejemplo, el capítulo #5 tratará de los costes asociados al aseguramiento de la calidad, característicos de las relaciones comerciales entre empresas y consumidores finales. De modo similar, el capítulo #6 analizará en su primera parte los de acción colectiva, propios de la producción en equipo y motivados por la necesidad de evitar conductas oportunistas por parte de los miembros de los equipos, que conducirían a la ineficiencia productiva. La #segunda parte de ese mismo capítulo se centra, por su parte, en los costes contractuales que surgen en la dimensión bilateral de la relación de empleo.
Antes de tratar el problema desde un punto de vista estrictamente contractual, conviene examinar, no obstante, el contexto en que se sitúan las decisiones empresariales en este terreno. Analizaremos así otras causas de la integración vertical o, lo que es lo mismo, de la disyuntiva entre producir internamente o comprar en el exterior, y examinaremos cómo son, en general, interpretables desde un punto de vista estrictamente contractual.
Hacia el año 2000, Dell retenía una cuota del mercado internacional de ordenadores de entre el 10 y el 11%, lo que la situaba en segundo lugar, por detrás de Compaq (más tarde absorbida por HP). Incluso llega a ser líder del mercado en 2001, alcanzando una cuota del 13,3%, liderazgo que ocupó también entre 2003 y 2006. Su estrella empezó a declinar, sin embargo, lo que la llevó a modificar su estrategia. En 2007, empezó a vender sus productos mediante canales convencionales de distribución, en paralelo con su modelo de distribución integrada. Sin embargo, en 2008, para reducir los costes, Dell decidió vender sus fábricas y subcontratar una parte considerable de su producción con contract manufacturers como Foxconn (véase el caso “Contract Manufacturing” en el capítulo #2). A menudo, son los mismos contract manufacturers quienes adquieren las fábricas, tal como hizo Foxconn en 2009 con una fábrica que Dell tenía en Polonia. Gracias a estas medidas, Dell retenía en 2009 una cuota de mercado del 12,2%, situándose en tercera posición por detrás de HP y Acer. Por el contrario, desde sus inicios, Apple se había caracterizado por un alto grado de integración vertical, que abarcaba desde el diseño de programas y procesadores a la fabricación, tanto de ordenadores como de impresoras y demás complementos. Sin embargo, a finales de los años 1990, la estrategia de Apple empezaba a demostrarse inviable. Se imponía el estándar PC en torno a los sistemas operativos de Microsoft y los procesadores de Intel. Además, en esos años, la ingeniería y el diseño del producto —puntos fuertes de Apple— habían empezado a perder importancia como variables estratégicas en el mercado de ordenadores personales, en detrimento de dimensiones más prosaicas y propias de mercados de “graneles” o commodities , como es la gestión de inventarios. En parte por estas razones, Apple decidió adoptar un sistema menos integrado en cuando a la producción pero más integrado en la distribución, aumentando así la proximidad al cliente. Simultáneamente, lanzó varios productos (podemos llamarlos “iProductos”) que vinieron a revolucionar, cuando no a crear, varios mercados. El renacimiento de la compañía empezó en 2001 con la introducción del iPod y la apertura de las primeras tiendas Apple. El iPod continuaba la tradición Apple de ingeniería y diseño, pero su producción estaba mayormente desintegrada. En 2007 la fabricación del iPod se hacía totalmente en empresas asiáticas, utilizando 451 componentes suministrados por compañías como Toshiba, proveedor del disco duro. Las relaciones con estos proveedores son también del tipo contract manufacturing , lo mismo que con el iPhone, lanzado en 2007. Para ambos productos, Apple sólo desarrolla por sí misma el software y el diseño, sus puntos fuertes. En línea con esta política, en 2005 Apple empezó a instalar procesadores Intel similares a los empleados por Dell o HP. De modo similar, para el iPad, lanzado en 2010, Apple ha diseñado el procesador y el sistema operativo y, además, las aplicaciones pueden ser creadas solamente utilizando software de Apple. Lo ha lanzado como un producto cerrado, controlado totalmente por Apple. La producción del iPad (así como la del iPod e iPhone) está subcontratada a contract manufacturers como Foxconn, una empresa asiática que también produce parte de los ordenadores de Dell. Además, en 2010 Apple continuaba instalando procesadores de Intel en su línea de portátiles. Simultáneamente, sin embargo, expandía su red de tiendas, tanto convencionales como, sobre todo, online. El fenómeno más importante fue el éxito que alcanza con iTunes, abierto en 2001 para alimentar de contenido sus nuevos productos. Desde 2003, incorpora una tienda online que le permite distribuir música para el iPod y, más tarde, todo tipo de aplicaciones para el iPhone. Dicha tienda virtual le proporciona una considerable ventaja competitiva, ya que Apple es el líder del mercado mundial de música digital con un 70% de las ventas. Como consecuencia de estas decisiones, Apple logró aumentos constantes en su cuota del mercado de ordenadores portátiles, alcanzando un 7,6% del mercado estadounidense en 2009, lo que la situaba en quinta posición por detrás de Dell, HP, Acer y Toshiba. Pero el gran éxito de Apple en ese año fue retener una cuota del mercado de teléfonos inteligentes de 15,1%, aumentando sus ventas un 82,2% respecto a 2008. Esto la situaba en tercera posición por detrás de Symbian y BlackBerry. Además, Apple era líder del mercado de teléfonos inteligentes con pantallas táctiles, donde el iPhone retenía una cuota de 33,1%. Apple parece, pues, seguir una estrategia mixta de integración del software y del diseño, desintegración de la fabricación mediante contract manufacturers , e integración de la distribución de contenidos. Preguntas: (1) ¿Es más probable que se integren verticalmente actividades relacionadas con productos de calidad alta o baja? ¿Encaja con los hechos del caso? (2) ¿Qué tipos de control están relacionados con las dos formas organizativas y cuáles son las desventajas de cada uno? (3) ¿Qué costes se reducen y cuáles aumentan al subcontratar la producción? (4) Investiga la actual situación del sector en lo relativo a integración vertical, pautas organizativas, situación competitiva y rentabilidad de ambas empresas. Fuentes: “Dell Computer: Selling PCs like Bananas”, The Economist , 5 de octubre, 1996, p. 79, “Dell Fights PC War by Emphasizing Customer Service”, The Wall Street Journal , 15 de agosto, 1997; “Dell baja sus precios en Internet”, El País , 23 febrero de 1998; “An iPod Has Global Value. Ask the (Many) Countries That Make It”, New York Times , 28 de junio de 2007; “Dell Plans to Sell Factories in Effort to Cut Costs”, Wall Street Journal , 5 de septiembre de 2008; y “Going Vertical. With the iPad, Apple Returns to an Old—and Potentially Lucrative—Way of Doing Business”, Newsweek , 29 de enero de 2010.
1.2. Las ventajas de comprar en el mercado
Cuando el mercado exterior es competitivo, la competencia entre las empresas que
participan en el mercado proporciona la mejor garantía de eficiencia^1. Por este motivo, podemos pensar, como principio general, que la compra en el exterior es más ventajosa que la producción interna. La opción consistente en producir dentro de la empresa sacrifica ventajas de especialización, relacionadas al menos con la producción de conocimiento directivo al nivel más alto de dirección. En principio, partimos de la premisa de que, en ausencia de costes de intercambio, la especialización permitiría minimizar los costes. No vamos a detenernos a justificar aquí el origen de estas ventajas de especialización, que ya han sido tratadas en el capítulo #2. Tan sólo señalar que pueden relacionarse a menudo con el desarrollo y acumulación de conocimientos técnicos y gerenciales que permiten una mayor eficiencia en la gestión de tales activos.
1.3. Las ventajas de la integración vertical
La necesidad de producir internamente se ha de buscar, pues, en la distancia entre las condiciones supuestas en el modelo de competencia perfecta y las que presentan muchas actividades reales. Las abstracciones relevantes pueden clasificarse en tres categorías: aquéllas cuya ausencia define condiciones de monopolio o competencia imperfecta, la existencia de impuestos y cargas afines que gravan de forma diferente las actividades económicas según cómo éstas se estructuren y los demás costes de transacción que pesan sobre los intercambios:
1.3.1. Monopolio
La situación más cercana a las condiciones analizadas en el modelo competitivo es la de monopolio o competencia imperfecta. Muchas decisiones de integración responden a la necesidad de liberarse del monopolio ajeno o bien al deseo de ganar o fortalecer una posición monopolística propia.
(^1) Esta posición es la que sirve de arranque, entre otros, a Williamson, quien la expresa como una “premisa favorecedora del mercado” (1985, p. 86). (^2) Además de las condiciones de monopolio u oligopolio que se originan en su estructura de costes, han influido factores como la financiación a través del recibo de la luz de las subvenciones al carbón, el cambio en las normas sobre centrales nucleares, las deficiencias intrínsecas de la regulación, incluyendo eventualmente la “captura” del regulador por los regulados, los incrementos de costes fruto del monopolio y la regulación con objeto de apropiar rentas, etc.
1.3.3. La minimización de los costes de intercambio
La tercera situación afecta a las condiciones informativas de los participantes, que originan costes contractuales cuya cuantía difiere según cómo se estructure la actividad (según el grado de integración, en el caso que nos interesa en este capítulo). El resto del capítulo se centrará en analizar este tercer factor 3 , pero antes apliquemos algunas de estas ideas para examinar un caso real.
Aplicación 4.2. El crecimiento de la subcontratación y el empleo autónomo
En las últimas décadas se ha producido una tendencia hacia la subcontratación o outsourcing , consistente en desintegrar todo tipo de servicios o actividades ajenas al núcleo competitivo de la empresa. Los motivos principales son de dos tipos: tecnológicos y regulatorios. En cuanto a la tecnología, el empleo de métodos más flexibles permite usar unos mismos activos para fines y productos diversos (en el ámbito de las fábricas se ha llegado a acuñar la expresión Flexible Manufacturing Systems ). En cuanto a la regulación, especialmente en Europa, la rigidez del mercado de trabajo parece estar favoreciendo la sustitución de contratos laborales por comerciales: por ejemplo, en lugar de contratar conductores asalariados, las empresas contratan el transporte de mercancías con autopatronos. Con ello, los afectados buscan contratar una retribución más ligada al rendimiento de lo que permite la actual regulación laboral. Adicionalmente, influyen muchos otros factores: por ejemplo, la posibilidad de que en muchos casos el trabajo autónomo disfruta ventajas regulatorias y fiscales, tanto de índole formal (menores cargas) como de hecho (mayores posibilidades de evasión e incumplimiento de obligaciones)^4.
2.1. Concepto de activo específico
Uno de los motivos más importantes de que los costes de transacción en el mercado sean
(^3) En una interpretación amplia de los costes contractuales, las dos primeras de las tres categorías precedentes (monopolio e impuestos) vienen a ser variantes de la tercera (coste de intercambio). Por un lado, sin costes de transacción los efectos de la situación de monopolio serían eliminados mediante contratación: en lugar de optar por la fabricación propia para evitar un precio abusivo, bastaría con negociar una rebaja o descuento del monopolista, descuento que éste concedería justo hasta el punto en que a su cliente le resultara indiferente comprarle a él o iniciar la fabricación interna. Por otro lado, los impuestos constituyen el precio que pagan las partes por los servicios públicos, incluido el soporte institucional de la contratación privada. En ausencia de costes contractuales, dicho soporte también sería innecesario. Además, las decisiones motivadas para evitar regulaciones, con independencia de si éstas contribuyen a aumentar la eficiencia o sólo a redistribuir riqueza, pueden asignarse según los casos en cualquiera de las tres categorías. (^4) Las causas de la subcontratación en los sectores de la construcción y el transporte de mercancías por carretera se analizan desde esta perspectiva en, respectivamente, González, Arruñada y Fernández (1997 y 2000), Fernández, González y Arruñada (2000a, 2000b) y Arruñada, González y Fernández (2004).
prohibitivos es la presencia de “activos específicos” 5 , que son aquéllos cuyo valor depende sustancialmente de la continuidad de las relaciones contractuales. Cuando depende de la continuidad y buena marcha de una sola o de unas pocas relaciones, esta dependencia da lugar a una situación de monopolio poscontractual que genera “cuasi-rentas expropiables”^6. La cuantía de éstas es igual, en valor actual, a la diferencia entre el valor del activo si funcionan bien tales relaciones y el máximo valor que puede obtenerse si éstas se interrumpen. Esta diferencia de valor proporciona un incentivo para que los contratantes en esas relaciones se comporten de forma aprovechada, incurriendo en actividades improductivas con el fin de expropiar estas cuasi-rentas. Ello encarece la contratación —se ha de salvaguardar más el contrato— y favorece el que, en muchos casos, la empresa se haga cargo o “interiorice” la transacción. De este modo, poseerá dichos activos específicos quien decide su empleo y se definirá así, de paso, el grado de integración vertical de la empresa 7.
Conviene aclarar que la especificidad no implica necesariamente que la solución óptima sea la integración vertical. No siempre los activos específicos se integran en la empresa, sino que se utilizan los servicios de un proveedor, salvaguardando contractualmente la relación y ganando ventajas de especialización productiva. El análisis sólo implica que ceteris paribus , esto es, a igualdad de otras condiciones, al aumentar la especificidad suele ser más conveniente la integración de los activos. Obviamente, esta tendencia se manifiesta sólo cuando existe posibilidad de expropiación.
Un ejemplo: La imprenta Gutenberg
Un ejemplo ayudará la comprensión del argumento^8. Supongamos que la editorial Satélite ha llegado a un acuerdo con la imprenta Gutenberg para que ésta le imprima las publicaciones, comprometiéndose a pagarle una cierta cifra. Para atender el pedido, Gutenberg ha de comprar maquinaria nueva, de unas características tales que, si tuviera que ser empleada para otros clientes, éstos pagarían mucho menos que Satélite. En tales condiciones, es fácil imaginar situaciones en que Satélite podría forzar a Gutenberg a rebajar sustancialmente el precio. Imaginemos que Satélite se ha comprometido a pagar a Gutenberg 5.500 euros por cada día que usa sus instalaciones. Sin embargo, si éstas tuvieran que ser utilizadas para atender a otro cliente, valdrían mucho menos, porque estarían muy adaptadas a las necesidades de Satélite. Si, por ejemplo, lo máximo que está dispuesto a pagar cualquier
(^5) El papel de los activos específicos en la empresa fue analizado inicialmente por Williamson (1975 y 1979) y Klein, Crawford y Alchian (1978). (^6) Conviene precisar la diferencia entre los conceptos económicos de “renta” y “cuasi-renta”, si bien la distinción es más relevante para las políticas públicas en cuanto a la competencia que para el análisis privado. Se denomina “renta” al exceso de precio por encima del que sería necesario para atraer un recurso a un fin determinado; mientras que se emplea el término “cuasi-renta” para hacer referencia al exceso de precio respecto al que sería necesario para retenerlo. De acuerdo con estos usos, sólo cabe hablar de rentas cuando la retribución total de un recurso exceda la que sería necesaria para atraerle a un empleo, siendo el importe de dichas rentas igual justamente a la diferencia entre ambas retribuciones. Este mismo recurso puede percibir cuasi-rentas, por un importe igual a la diferencia entre sus ingresos en un determinado período y lo mínimo que sería necesario para retenerlo en ese empleo, mínimo que será igual a sus máximos ingresos de oportunidad. Todas las rentas son cuasi-rentas; sin embargo, la afirmación inversa es falsa: no todas las cuasi-rentas son rentas, por lo cual las cuasi-rentas son siempre superiores a las rentas. En otras palabras: un flujo futuro de cuasi-rentas constituye una renta tan sólo cuando el valor actual neto de la inversión necesaria para lograrlo es positivo. Véanse Klein, Crawford y Alchian (1978, p. 299) o Milgrom y Roberts (1992, p. 269). (^7) Si bien al unificar la propiedad no se anulan los costes contractuales que motiva la especificidad, sí se reducen de forma sustancial, alterándose su orden de magnitud. Este aspecto ha sido puesto en duda, entre otros, por Grossman y Hart (1986), para quienes esta reducción es discutible. (Véase el Apéndice de este capítulo y, en especial, la discusión de los supuestos del modelo). No obstante, su análisis presupone que la eficacia de las tecnologías de control no se altera al modificarse la propiedad de los activos. Véase, al respecto, Williamson (1985, Cap. 6, y, en especial, pp. 136, n. 4, y 154- 155). (^8) Este ejemplo es una adaptación del utilizado en el artículo pionero de Klein et al. (1978, p. 298).
diversificación, tanto de sus fuentes de suministro como de sus clientes; la localización geográficamente dispersa de sus explotaciones y el mantenimiento de relaciones con varios bancos. Tales políticas —que en muchos casos serían ineficientes si se hace abstracción del problema contractual— son adoptadas porque liberan a quienes las ponen en práctica de conductas oportunistas por parte de, respectivamente, proveedores, clientes, empleados y acreedores.
2.3. La bilateralidad del monopolio: Oleoductos frente a petroleros
Hasta ahora hemos omitido una característica notable: la especificidad suele sujetar a un riesgo de oportunismo a las dos partes del contrato, tanto al proveedor como al comprador, pues ambos suelen ser propietarios de activos mutuamente específicos. En el ejemplo de la imprenta, si ésta se encuentra adaptada a las necesidades del editor, ello quiere decir que éste seguramente sufriría una pérdida si hubiera de utilizar a otro proveedor. Por lo tanto, existen posibilidades de que ambos contratantes desarrollen conductas oportunistas. Este carácter de amenaza mutua puede proporcionar en sí mismo una salvaguardia protectora. No obstante, si bien la bilateralidad puede emplearse a menudo como salvaguardia 9 , ceteris paribus , los costes contractuales aumentan con la especificidad.
El transporte de petróleo, según se efectúe por oleoducto o por vía marítima, proporciona dos situaciones características de los problemas que plantea la existencia de factores específicos en los que queda de relieve su carácter bilateral y el efecto de la competencia poscontractual 10. Los oleoductos suelen estar integrados en una misma empresa, junto con las actividades extractivas del petróleo que transportan. Esto se debe a que las ventajas potenciales que se podrían derivar de la especialización productiva en esas actividades — extracción y transporte, con el extractor alquilando los servicios del oleoducto—, son superadas por las dificultades para contratar satisfactoriamente esa transacción. La desventaja más importante es la dependencia mutua que se genera entre el extractor y el transportista de crudo. La situación es de monopolio bilateral, ya que el oleoducto es el único medio viable para el transporte del crudo y éste, a su vez, es la única mercancía que se puede transportar mediante el oleoducto. En esta circunstancia, los costes de transacción son elevados, por existir muchas posibilidades de comportamiento oportunista poscontractual por ambas partes. El transportista puede alegar un nivel extraordinario e imprevisto de averías o de costes de mantenimiento, y el extractor del petróleo un descenso en su precio de venta. Ambas partes pueden, además, reducir la utilización o la disponibilidad del oleoducto. Es imposible anticipar todas las posibles situaciones conflictivas cuando se redacta el contrato, así como controlar posteriormente todas las variables o atributos de la calidad. Es difícil, por ejemplo, distinguir una avería de un sabotaje intencionado; o, más aún, evaluar la rapidez con que se repara una avería; circunstancias ambas que podrían usarse para disminuir el grado de utilización real del oleoducto. En el fondo, el conflicto se deriva de que el valor de los activos en su mejor uso alternativo —o sea, el valor del petróleo sin usar el oleoducto o de éste sin transportar el crudo— es muy bajo, comparado con los respectivos valores cuando se emplea el oleoducto para transportar el petróleo.
Al contrario de lo que ocurre con los oleoductos, el transporte de petróleo por vía marítima está mucho menos integrado verticalmente, ganando posiblemente en especialización productiva. El incumplimiento contractual es evitable por ambas partes sin
(^9) Véase Williamson, (1985, Cap. 8).
(^10) Ejemplo adaptado de Alchian y Allen (1983, p. 172)
incurrir en costes muy elevados. Los costes de transacción en este caso son muy inferiores a los del oleoducto, porque la diferencia entre el valor de los recursos —petróleo y barcos—, en caso de ser usados conjuntamente, apenas se aleja del que alcanzan en una utilización alternativa: el petróleo encuentra salida, a un coste no prohibitivo, utilizando otra compañía naviera. Igualmente, no es muy costoso desplazar los petroleros a otra zona geográfica.
2.4. Inversión subóptima
Hasta este momento hemos contemplado dos soluciones costosas al problema de la especificidad de los activos: Por un lado, la integración, que sacrifica ventajas de especialización; por otro, la contratación a largo plazo, que incurre en costes de salvaguardia y en una pérdida residual motivada por el monopolio poscontractual. Conviene también mencionar explícitamente una tercera solución, igualmente costosa, que, si bien atenúa el problema, lo hace a base de reducir la eficiencia productiva. Cuando los contratantes contemplan los costes contractuales provocados por la especificidad, suelen reducir el grado de especificidad de la inversión o el volumen de ésta. Se suele hacer mención a este problema como “subinversión”.
Podemos resumir así el problema económico de la especificidad señalando que tiene su origen en que los contratantes intentan expropiar las cuasi-rentas ex post , lo cual (1) pone directamente en peligro la utilización eficiente de los activos y el volumen óptimo de intercambio entre las partes; y lleva a que, al prever los contratantes esta posibilidad, (2) se ponga en peligro la realización de las inversiones óptimas ex ante.
2.5. Causas de la especificidad de los activos
La especificidad de los activos tiene orígenes y formas muy diversas. Más que una clasificación en categorías mutuamente excluyentes, conviene analizar los orígenes y causas de la especificidad. Teniendo presente esta orientación causal, cabe distinguir al menos los tipos siguientes:
a ) La especificidad de lugar se origina por la proximidad espacial de instalaciones complementarias y económicamente inamovibles, o sea, tales que los costes de transporte son mucho menores si se usan conjuntamente. Es el caso, por ejemplo, de las centrales térmicas que producen electricidad quemando carbón al pie de las minas de las que éste se extrae. Similarmente, es también el caso de aquellas otras centrales que se ubican cerca de grandes fábricas consumidoras, como las que elaboran aluminio o productos químicos. Los costes de transporte son menores si se emplea el carbón de las minas cercanas o si la electricidad se consume en la fábrica correspondiente (teniendo en cuenta que el transporte de electricidad por las redes sufre pérdidas importantes).
b ) La especificidad física surge de activos movibles pero adaptados a un determinado proceso o producto. Un ejemplo típico son los moldes utilizados en todo tipo de fabricación, desde los empleados para estampar las carrocerías de los coches a las plantillas de los microprocesadores o las planchas tipográficas empleadas para imprimir en las viejas técnicas de impresión. En otros casos, la adaptación se refiere a un diseño intangible, como ocurre con los rótulos y distintivos de las empresas: la gran “M” que identifica muchos restaurantes McDonald’s suele ser propiedad de la empresa y no de sus franquiciados.
adquisición de nuevos equipos. Como consecuencia, hacia 1998, los operadores estaban presionando al Gobierno para que prolongara sus concesiones, como condición previa para acometer nuevas inversiones. El Gobierno se arriesgaba a padecer un deterioro continuado del servicio mientras que duraran las concesiones vigentes. Se barajaron varias soluciones, especialmente: (a) Que el Gobierno o una compañía con una concesión a muy largo plazo fueran propietarios de los trenes y las concesionarias meras operadoras de los servicios. Con ello, se vendría a transferir la inversión al expropiador potencial. (b) Que los operadores actuales pudieran continuar sirviendo sus rutas tras terminar el plazo de sus concesiones, aunque resultara ganador otro operador diferente, actuando ambos entonces en régimen de competencia. (c) Introducir competencia desde el momento de la concesión, concediendo las concesiones no a un único operador sino a varios en cada ruta. Esta tercera solución se creía que a la vez introduciría competencia en la provisión de los servicios (y que, por tanto fomentaría las inversiones), a la vez que facilitaría la extensión del mercado de activos de segunda mano. ¿Cuál de estas opciones es más razonable? (Observe que las posibilidades (b) y (c) vendrían a reducir la especificidad de los activos). Examine cuál fue la política elegida y sus consecuencias, así como la evolución general del mercado en Gran Bretaña. Mirando hacia atrás, ¿cuál era la opción más razonable una vez que sabemos lo ocurrido entre 1997 y 2009?
3.1. La variedad de soluciones contractuales
Un activo es específico cuando su valor depende de la decisión de una persona que no es propietaria del activo. Esta dependencia origina la posibilidad de conductas oportunistas, tendentes a expropiar esa diferencia entre su valor en el uso actual y su valor en el mejor uso alternativo (las cuasi-rentas). Como siempre, las soluciones del problema son suprimir la especialización o proteger mediante salvaguardias. En este caso, suprimir la especialización significa integrar el activo en cuestión. Para ello, se ha de transferir el derecho de propiedad sobre el activo, de manera que su nuevo titular coincida con la persona que puede expropiar a su valor. Esta opción sacrifica obviamente ventajas de especialización. En la práctica, supone que la empresa haya de ampliar el alcance de sus actividades. Además, no es viable cuando los activos no son transferibles, como ocurre con el capital humano. Por ambos motivos, se prefiere a menudo la segunda opción, que consiste en proteger con diversos tipos de salvaguardias la contratación del uso de esos activos, sea cual sea el tipo de contrato utilizado.
Las formas que adoptan los contratos en que se plantea este tipo de problema son muy variadas:
3.2. Papel y limitaciones de los contratos a largo plazo
Los contratos a largo plazo pueden resolver en buena medida los problemas que plantea el carácter específico de los activos. No obstante, dichos contratos encuentran limitaciones importantes para adaptarse y proveer soluciones eficientes cuando las circunstancias reales se separan radicalmente de las esperadas. En la mayoría de las relaciones económicas el cumplimiento se asegura en virtud de los incentivos de las partes, sin recurrir a terceros. Teniendo esto en cuenta, el papel de los contratos a largo plazo es en muchos casos el de reforzar los incentivos de las partes a cumplir, más que el de servir de prueba en un futuro litigio. Su objetivo principal puede verse así como el de modificar el rango de “auto- ejecución” o self-enforcement , entendiendo éste como aquel espacio dentro del cual las partes tienen incentivos para cumplir las obligaciones contractuales y el cumplimiento está, por tanto, asegurado sin necesidad de recurrir a terceros 11.
La Aplicación 4.4 presenta una interpretación en este sentido de un caso histórico, como fue la relación entre Fisher Body, una empresa fabricante de carrocerías de automóvil, y General Motors (GM). El conflicto entre ambas compañías ha sido comentado extensamente en la literatura académica, ya que proporciona un caso típico de la teoría sobre activos específicos 12.
Aplicación 4.4. Fisher Body
Primera parte Hasta 1919, las carrocerías de los coches eran de madera y descubiertas. En los años veinte, se extendieron las carrocerías metálicas, cuya fabricación requiere un proceso de estampación, en el que se usan moldes distintos para cada modelo de coche. Como suministrador de GM, Fisher debía efectuar inversiones en moldes y maquinaria adaptada a los modelos de ésta. Para incentivar dicha inversión, GM y Fisher firmaron en 1919 un contrato de abastecimiento en exclusiva por diez años. Este contrato a largo plazo estipulaba una cláusula de exclusividad, en virtud de la cual durante su vigencia GM sólo podía adquirir carrocerías metálicas a Fisher, cuyas inversiones específicas quedaban así a salvo de las posibles acciones expropiatorias que GM pudiera acometer, como sería, por ejemplo, el forzar una reducción del precio o reducir su demanda. Sin embargo, la exclusividad ponía a GM en una situación de dependencia. Para contrarrestarla, se estableció una cláusula de “precio razonable”, igual a la suma de los costes variables de Fisher más un 17,6 por 100. Además, el precio no podía exceder al precio de mercado de carrocerías similares, tanto de las que Fisher vendía a otros clientes (cláusula de “nación más favorecida”), como de las de otros fabricantes. Por otra parte, GM pasó a tener la propiedad del 60 por 100 de las acciones de Fisher, aunque los fundadores de esta última sociedad seguirían controlándola por efecto de un pacto contractual con GM. En los años posteriores a la firma del contrato, la demanda de coches aumentó sustancialmente y el favor del público se inclinó hacia las carrocerías metálicas cerradas, del tipo fabricado por Fisher. El cambio fue rápido y pronto un 65 por 100 de los coches fabricados por GM ya incorporaban carrocería metálica cerrada. En tales
(^11) La idea ha sido desarrollada principalmente por Klein (1992 y 1996) y Klein y Murphy (1997), y será tratada con más detenimiento en el capítulo quinto. (^12) Véanse Klein et al. (1978, pp. 308-310), Coase (2000), Casadesus y Spulber (2000) y Klein (2000).
ejemplo en la industria automotriz pasada o actual? (4) ¿Qué costes aumentan/disminuyen en función de la localización de las fábricas del proveedor? (5) Sobre la base de los hechos expuestos ¿Cómo se distribuye el control entre las dos partes contractuales? ¿Qué cambios aparecen cuando los Fisher se incorporan como ejecutivos de GM? (6) El rechazo de un proveedor como Fisher para acometer nuevas inversiones especificas, ¿constituirá siempre un ejemplo de comportamiento oportunista? Fuentes: Klein, B., Crawford R.G. y Alchian, A.A., “Vertical Integration, Appropriable Rents, and the Competitive Contracting Process”, Journal of Law and Economics , vol. 21, núm. 2, 1978, pp. 297-326; Coase, R.H., “The Acquisition of Fisher Body by General Motors”, Journal of Law and Economics , vol. 43, núm. 1, 2000, pp. 15-31; Klein, B., “Fisher-General Motors and the Nature of the Firm”, Journal of Law and Economics , vol. 43, núm. 1, 2000, pp. 15-31.
La existencia de activos específicos afecta también a las relaciones laborales. En la relación laboral entre empleador y empleado ambas partes suelen ser propietarias de activos mutuamente específicos. Por ejemplo, el empleado puede ser propietario de una vivienda cercana a su puesto de trabajo. Si pierde su empleo, quizá haya de venderla, incurriendo en costes sustanciales. De modo similar, él y su familia tienen la mayoría de sus relaciones sociales en la localidad donde viven, por lo cual sufrirían una pérdida considerable si se tuvieran que mudar en búsqueda de otro empleo. En estas condiciones, existe la posibilidad de que el empleador se comporte de forma oportunista, exigiendo, por ejemplo, una reducción salarial bajo amenaza de despido. En sentido opuesto, muchos recursos empresariales pueden perder una parte considerable de su valor si un trabajador o, más frecuentemente, un grupo de trabajadores interrumpen su relación con la empresa o, también con más frecuencia, se niegan a trabajar hasta que consiguen elevar su salario. En ambos casos, se puede producir ex post una expropiación de las cuasi-rentas, lo que da lugar a importantes costes de intercambio y a que el nivel de inversión en dichos activos específicos pueda ser inferior al idealmente óptimo.
4.1. La expropiación del empleador
Como ejemplo, supongamos que un empresario posee una plantación de árboles frutales Su producción, llegado el momento de recogerla, vale 350.000 euros, tras incurrir en unos costes que consisten sólo en trabajo y que a precios de mercado serían de 200.000 euros. Sin embargo, si los recolectores rechazan trabajar por menos de, digamos, 300.000 euros y son capaces de excluir a otros trabajadores, el empresario se vería forzado a recibir sólo 50. euros. En tales condiciones, la cosecha se convertiría en un activo específico a los recolectores, y éstos serían capaces de extraer cuasi-rentas, e incluso, hasta los 150.000 euros que constituyen la diferencia en el valor de la fruta según ésta se recolecte o no.
Observemos que el desenlace de esta historia depende de diversas condiciones, más o menos explícitas en el ejemplo precedente:
a ) Actuación colectiva. En este contexto, la capacidad expropiatoria que puede alcanzar cada trabajador actuando por separado es escasa. Por ello, un requisito de la expropiación es que los trabajadores actúen conjuntamente, para aumentar así su capacidad de negociación. Esta actuación conjunta incurre a su vez en costes contractuales, similares a los que caracterizan el dilema del prisionero y la producción
en equipo. La solución de este problema suele requerir un tipo particular de organización, un sindicato. En este contexto, las funciones del sindicato se centrarían en impedir que los propios trabajadores incumplieran los acuerdos de resistencia que hayan alcanzado (esto es, impedir la vuelta de algunos de ellos al trabajo) así como la sustitución de los trabajadores en huelga por nuevos empleados.
b ) Exclusión. El éxito de la expropiación depende de la capacidad para excluir a otros trabajadores, la cual viene dada por dos factores fundamentales. Por un lado, el grado en que tan sólo esos empleados estén preparados para utilizar los activos cuya expropiación pretenden. (En el ejemplo, este factor tiene escasa importancia). Por otro lado, el que la regulación laboral permita que sea o no posible excluir a otros trabajadores. Es éste especialmente el caso de varias normas, relacionadas con la libertad de despido y el derecho de huelga, la mayor o menor permisividad en el uso de la coacción por ambas partes (piquetes sindicales, somatenes patronales), la imposición al empleador de elevados costes de salida o cierre de la empresa y las limitaciones para contratar nuevos trabajadores durante el transcurso de una huelga.
c ) No repetición. Este tipo de expropiación tiene más sentido cuando las posibilidades de contratación futura de estos trabajadores no se ven afectadas por su propio comportamiento oportunista. Por desgracia, así suele ocurrir, pues los trabajadores tenderán a comportarse de forma oportunista sólo cuando sus contratos de trabajo estén blindados (ya sea por lo específico de su capacitación o por mandato legal) contra su despido y sustitución, y por tanto no esperan contratar un empleo de nuevo. Por este motivo, a largo plazo los perjuicios de estas conductas expropiatorias suelen acabar recayendo sobre otros trabajadores, aquellos sin empleo o que se van incorporando al mercado de trabajo. El motivo es que la expropiación genera incentivos contrarios al empleo y que los empleadores potenciales dispongan o exijan salvaguardias adicionales, que eviten la expropiación. A falta de estas salvaguardias, se abstendrán de invertir en activos potencialmente expropiables o descontarán de los salarios el coste esperado de la expropiación futura. Es probable que estas consecuencias acaben siendo indeseables a largo plazo para el conjunto los de trabajadores. No obstante, esta posibilidad no necesariamente modifica la conducta de aquéllos que están en condiciones de comportarse de modo oportunista. Se plantea así un nuevo problema de acción colectiva, en este caso ya no sólo entre los empleados de una empresa determinada, sino entre todos los trabajadores de un sector o incluso de un país. Por ello, cuando existe un riesgo elevado de que los inversores sean expropiados, puede ser de interés que se desarrollen sindicatos con funciones de salvaguardia más que de expropiación. El objetivo entonces es que los sindicatos proporcionen garantías, para hacer viable la inversión y el empleo. Estas garantías pueden proporcionarlas de forma implícita, creando una reputación cuyo valor se esfumaría si emprendiesen huelgas expropiatorias, o bien de forma explícita, pactando, por ejemplo, el uso de mecanismos de arbitraje por un tercero, quien tendrá entonces la difícil tarea de distinguir qué reivindicaciones sindicales son expropiatorias y cuáles no.
d ) El tipo de producto y, en concreto, su carácter más o menos perecedero puede modificar sustancialmente el poder de negociación de las partes. En los términos del ejemplo, podemos observar que la situación cambia con el tipo de cosecha: es más grave para frutas u hortalizas y menos para una explotación forestal. No es casualidad que los conflictos más sonados en este terreno se planteen en actividades de servicios, donde el producto es enteramente perecedero. Pudiera ser éste el caso de los pilotos de líneas aéreas, sobre todo cuando éstas son monopolios, o de modo más característico, de los controladores de tráfico aéreo. (En el mundo de la aviación comercial, el Presidente de los Estados Unidos Ronald Reagan sentó en 1981 un precedente tan
adelante).
Para resolver el problema que plantea la posibilidad de expropiación poscontractual de las inversiones efectuadas por los trabajadores, se pueden usar en la relación laboral dos tipos de salvaguardias, de naturaleza explícita o implícita:
Aplicación 4.6. Los empleos “permanentes” de las grandes empresas japonesas
Tradicionalmente, los compromisos implícitos de las grandes empresas japonesas con sus empleados permanentes comprenden aspectos fundamentales, que definen posibilidades de expropiar cuantiosas cuasi- rentas. Entre estos compromisos, figuran las promesas relativas a proporcionar un empleo fijo a largo plazo, con ascensos y aumentos retributivos, justicia en las decisiones salariales (la variabilidad es muy alta, pues se reparten primas sustanciosas cuando la empresa va bien y se suprimen discrecionalmente cuando van mal), así como en las decisiones no reguladas de jubilación, que también ocasionan diferencias retributivas notables. Estas promesas no son exigibles judicialmente. No obstante, su salvaguardia es plenamente eficaz, como lo prueba el carácter innecesario de muchos de los empleados maduros retenidos por la empresa (a los que se denomina madogiwazoku , que podríamos traducir como “empleados maduros dedicados a mirar por la ventana”). Esta salvaguardia reposa en un acuerdo implícito entre empleador y empleado, dentro de un marco de relativa libertad contractual. Ello proporciona una disciplina automática y eficaz contra eventuales maniobras expropiatorias por ambas partes. Por un lado, los empleados no pueden expropiar al empleador, porque éste podría despedirlos. Esta necesidad de mecanismos disciplinarios eficaces lleva a pensar que la flexibilidad relativa a las pautas laborales japonesas es más viable dentro de un mercado de trabajo escasamente regulado, como es el japonés comparado con los europeos^14. Por otro lado, tampoco el empleador puede expropiar impunemente al empleado, pues al hacerlo pondría en peligro la continuidad de esa modalidad contractual, previamente elegida por ser óptima, e impediría la contratación de nuevos trabajadores en términos tan flexibles como los que proporciona el contrato implícito. El coste de una actitud oportunista es tanto más elevado, y consiguientemente la salvaguardia es tanto más eficaz, cuanto mayor sea el crecimiento esperado de la empresa y sus futuras necesidades de contratación laboral. Esta dependencia del crecimiento da pie a pensar que la optimidad de esta pauta contractual es relativa y no absoluta. La eficiencia de este tipo de contratación no es independiente del entorno: los múltiples errores estratégicos cometidos por algunos grandes grupos desde que se detuvo su crecimiento a finales de los años ochenta pueden interpretarse como consecuencia de las restricciones organizativas que tales pautas contractuales tienden a provocar. El tipo de compromisos propio de estas grandes empresas, además de perjudicar la movilidad de los recursos, parece ser inadecuado en entornos competitivos que exigen a la empresa
(^14) En especial, la seguridad en el empleo está escasamente protegida por las normas legales. En una escala de seguridad en el empleo, Japón aparecía por debajo de Italia, Francia, Suecia y Alemania; y sólo por encima del Reino Unido y los Estados Unidos entre los países grandes (Bertola, 1990, p. 853). Además, la garantía de empleo a largo plazo no es exigible judicialmente (Kester, 1991, p. 230). Véase el índice Doing Business (http://www.doingbusiness.org/ExploreTopics/EmployingWorkers/) para un indicador más reciente.
concentrarse en su núcleo competitivo. Tales compromisos reducen la velocidad de la reestructuración y llevan a emprender aventuras de diversificación que a menudo son inviables a largo plazo. Asimismo, en los últimos años, y en paralelo con la recesión de la economía japonesa, se observa un paulatino alejamiento del empleo garantizado: proliferan las empresas que adelantan la edad de jubilación obligatoria; se anuncian reestructuraciones cuyas piezas esenciales son el cierre de plantas y las reducciones sustanciales de empleo, aunque éstas se logren mediante jubilaciones; muchas empresas están exportando empleos, más que productos, al instalar su capacidad productiva en el extranjero; y se inventan fórmulas de préstamo de empleados entre empresas pertenecientes a grupos diferentes^15. Es cierto, no obstante, que el crecimiento puede ser además de causa, también consecuencia de la especial configuración contractual de la empresa japonesa. Causa, porque el elevado crecimiento esperado salvaguardia eficazmente y, por tanto, favorece la contratación implícita, con su ventajosa flexibilidad en entornos de elevado crecimiento. Pero también consecuencia, porque, el crecimiento conviene a todas las partes, mientras que otras posibles metas (por ejemplo, maximizar beneficios) reunirían menos adhesiones. En cualquier caso, la adecuación del diseño japonés de empresa parece depender de que disponga o pueda crear oportunidades rentables de crecimiento. Una vez que éstas desaparecen, ya sea por causas temporales, como la revalorización del yen, o bien por la pérdida permanente de ventajas comparativas, los cimientos de esta estructura contractual se resienten, y hasta su propia viabilidad está en entredicho, pues su presencia retarda la reestructuración de las empresas. No obstante, esas oportunidades de crecimiento no son un dato fijo, exógeno, sino que su determinación es parte del problema. En este sentido, el hecho de que el sistema japonés incentive la búsqueda de oportunidades de crecimiento, puede hacer posible su mantenimiento, constituyendo esa pauta organizativa un equilibrio estable. Para ello, ha de superar las tensiones que origina la detención del crecimiento en las épocas de crisis. Un indicio positivo es que se vuelva a alabar la capacidad de las estructuras empresariales japonesas para reestructurarse, adaptándose a las nuevas situaciones, sin que ello suponga choques traumáticos, que puedan poner en peligro activos intangibles tan preciados como la confianza de los empleados. El coste de los empleos permanentes volvió a hacerse visible en la crisis que empieza en 2008. Al caer la demanda, muchas fábricas japonesas redujeron drásticamente su actividad. Respondieron despidiendo a un gran número de sus empleados temporales; pero no a los permanentes, pese a que las empresas no tenían trabajo para gran parte de ellos. En lugar de despedirlos, redujeron las horas extra y las primas, en parte con subvención estatal. En 2010, los contratos temporales, que ofrecían sueldos más bajos y menos ventajas, retenían un tercio del mercado. En consecuencia, el Partido Demócrata (en el poder tras ganar las elecciones de 2009) propuso reformar la ley laboral, prohibiendo contratar a corto plazo en el sector manufacturero. Como respuesta, los líderes sindicales indicaban que la nueva ley era necesaria pero no suficientemente estricta. Alegaban que, como ya había sucedido con leyes anteriores, las compañías encontrarían métodos para evitarla. Guía de discusión: (1) ¿Cuáles eran o son las ventajas y desventajas de los empleos permanentes para los trabajadores y el mercado japonés? (2) ¿En qué consiste la rigidez versus la flexibilidad laboral? ¿Qué factores favorecen una u otra? (3) ¿Puede haber comportamiento oportunista en los empleos permanentes? (4) Investiga las posibilidades de expropiación del empleado y del empleador en las dos situaciones (rigidez y flexibilidad). (5) ¿Encaja la reforma laboral con el mercado internacional? (6) Investiga la actual situación de los empleos permanentes en Japón junto con las pautas seguidas por las empresas. Fuentes: Befu, H., y C. Cernosia, 1990, “Demise of ‘permanent employment’ in Japan” Human Resource Management, vol. 29, pp. 231-250; Bertola, G., 1990, “Job Security, Employment and Wages”, European Economic Review , núm. 34, pp. 851-886; Kester, W. C., 1991, “The Hidden Costs of Success”, en Japanese Takeovers: The Global Contest for Corporate Control , pp. 219-235; Ogura, K., 1993, “Voluntary Retirement Looms in Japan”, The Wall Street Journal Europe , 6 de julio, p. 6; “Japan’s Car Industry: Breakdown in the Fast Line”, The Economist , 27 de febrero, 1993, pp. 76-78; “A Wobbly Time for Japan’s Workers”, The Economist , 18 de diciembre, 1993, p. 51; “Poached by Sonic the Hedgehog”, The Economist , 20 de febrero, 1993, p. 65; “In Faint Praise of the Blue Suit”, The Economist , 13 de enero, 1996, pp. 63-64; Tabuchi, H., 2009, “In Japan, Secure Jobs Have a Cost”, The New York Times , 19 de mayo; Adams, J., 2010, “The Demise of ‘Lifetime Employment’ in Japan”, MinnPost.com, 19 de mayo.
El ambiguo papel de los sindicatos
Se desprende del análisis precedente que, en el contexto definido por la existencia de activos específicos a la relación laboral, los sindicatos de trabajadores pueden representar papeles de distinto signo, que o bien facilitan la contratación o la expropiación. El motivo de esta ambivalencia es que la formación de un sindicato es necesaria para la actuación conjunta de los trabajadores tanto a la hora de (a) expropiar a su empleador, como vimos más arriba,
(^15) Befu y Cernosia (1990) describen las diversas vías por las que se ha ido produciendo la conversión de empleos fijos en formas más flexibles. Durante años, la prensa económica informó continuamente de casos como los señalados en el texto.